Cuando los padres fallecen y hay varios hermanos implicados, la herencia puede convertirse en un foco de conflictos familiares. Por este motivo existen abogados especializados en estas situaciones, capaces de orientar y resolver los problemas que suelen surgir en estos casos.
Es el caso del especialista laboralista, David Jiménez, ha explicado qué pasos deben seguirse cuando dos o más hermanos heredan una vivienda y no logran ponerse de acuerdo sobre cómo gestionarla.
Uno puede querer mantener la propiedad, mientras que los otros podrían preferir venderlo y adquirir un rédito económico, una situación completamente plausible y que está amparada por la ley.
Según explica Jiménez en su último vídeo en TikTok, la mejor manera de evitar conflictos es proceder con la extinción del condominio, según indican los artículos 400 y 1062 del Código Civil. A nivel legal comenta que este precepto permite que uno de los herederos se quede con la totalidad del inmueble, compensando al resto con la parte proporcional en dinero.
Lejos de lo que pueda parecer, no se trata de ninguna transacción de compraventa, sino que la medida tiene una figura jurídica específica, con cierta ventaja en el apartado fiscal.
Mientras que a una operación de compraventa se aplica entre un seis y un 10% de impuestos, en función de la autonomía, con la extinción de condomino se aplica entre el 0,5 y el 1,5% que responde al concepto de Actos Jurídicos Documentados.
Además, tampoco es obligatorio liquidar la plusvalía municipal en estos casos, siempre que no se incurra en un exceso de adjudicación, es decir, que una de las partes herederas cobre más de lo que le tocaría proporcionalmente, por lo que el impuesto podría generarse en función de la plusvalía recibida.
De esta manera, el Estado ha conseguido tener en cuenta todas las situaciones posibles en casos de herencias de inmuebles entre hermanos que no comparten las mismas intenciones. No se obliga a nadie a quedarse, ni tampoco a vender si no lo desea, además de evitar posibles conflictos futuros gracias a su garantía jurídica.
